Deducción cuota sindical en el IRPF

Todos los afiliados a STC podemos deducir la cuota de afiliación sindical en la declaración anual de la renta, como así lo estipula la ley del IRPF. Esta deducción puede suponer un ahorro en la cuota de entre el 20 y el 35% según los casos.

Las cuotas sindicales se incluyen dentro de los gastos deducibles en el IRPF que recoge el artículo 19.2 de la Ley de IRPF.

Lo que se desgrava es la cuantía total pagada por las cuotas sindicales (7 euros al mes por el número de meses que se ha estado afiliado. (Por año entero 84 euros). Esta deducción puede suponer un ahorro en la cuota de entre el 20% y el 45% según los casos.

La cantidad a deducir hay que ponerla en el espacio reservado a «Cuotas satisfechas a sindicatos» [casilla 012] del impreso oficial (digital o en papel) del IRPF.

No es necesario disponer del certificado de cuotas pagadas  en el momento de hacer la declaración, es suficiente con que recuerdes el importe anual  (en el caso de que la Agencia Tributaria te lo solicite puedes contactar con nosotros y te proporcionaremos un Certificado oficial de las cuotas satisfechas).

 No dudes en ponerte en contacto con nosotros si tienes alguna duda al respecto.

 

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