REUNIÓN COMISIÓN INTERPRETACIÓN Y SEGUIMIENTO CONVENIO COLECTIVO

Estimados compañeros

 

El pasado 29 de marzo STC y el resto de la representación sindical nos hemos reunido con la dirección para una nueva reunión de la comisión de Interpretación y Vigilancia del I Convenio Colectivo de Grupo Vodafone.

Como asistentes titulares en dicha comisión han asistido: Javier Arjona, Antonio Martín, Pedro Le More y Vanessa Barranco.

Los puntos del día a tratar han sido:

  • Smartworking: Seguimiento actividad.
  • Art.10: Vacaciones y días compensatorios.
  • Art.18: Complementos por puesto de trabajo. Cuestiones derivadas de la interpretación y aplicación del abono de los pluses de nocturnidad y festivos en relación con los trabajos programados e intervenciones.
  • Reglamento European Employee Consultative Council.
  • Smartworking: Seguimiento actividad.

 

La empresa nos ha presentado los siguientes datos sobre smartworking:

  • El 47,34 % de la plantilla han solicitado adherirse al programa (2485 empleados suscritos).
  • Los días de la semana solicitados son: los martes (21,48%), jueves (40,84%) y miércoles (37,14%).
  • La franja de edad que más lo utiliza es la de 40 a 44 años.
  • Por género el 51 % de las mujeres hacen smartworking y de los hombres el 34%.
  • Los que menos antigüedad tienen en la compañía son los que realizan menos smartworking.
  • Por nivel, el specialist hace el 40%, el manager el 17% y los headofs el 11%.
  • Por áreas, la fundación es la que más realiza smartworking.

En el I Convenio Colectivo del Grupo Vodafone España puedes solicitar un día de trabajo remoto a la semana, con un máximo de tres días por cada mes natural (no pudiendo solicitarse ni lunes, viernes ni días posteriores o anteriores a festivos). La solicitud debe realizarse con 6 días de antelación.

Desde STC hemos propuesto a la empresa que:

Se pueda solicitar un día de trabajo remoto a la semana. Pudiendo solicitarse cualquier día, sin la restricción de lunes, viernes ni días posteriores o anteriores a festivos.

  • Que dicho día se pueda flexibilizar en horas en la semana. Pudiendo practicar el smartworking 2 horas diarias de lunes a jueves, en aras de fomentar la conciliación laboral y familiar de todos los empleados.
  • También solicitamos que en periodos no lectivos escolar (verano, navidades y semana santa) se amplie a 3 días.
  • Que el proceso de solicitud de los días en la herramienta de vacaciones y ausencias se pueda realizar con tres días de antelación.

La empresa nos manifiesta que sólo llevamos 5 meses de smartworking y podrá ser revisado más adelante. Desde STC seguiremos insistiendo en la mejora del smartworking en la línea planteada anteriormente.

  1. Art.10: Vacaciones y días compensatorios.

Desde STC hemos el único sindicato en realizar oficialmente una petición a la compañía entregándole un escrito solicitando esa la correcta aplicación independientemente del tipo de contrato. Una petición por la que reclamos que se aplique a los trabajadores con contratos parciales (Tiendas Propias con 24 horas a la semana) las mismas condiciones que a  los trabajadores a tiempo completo en la aplicación de los 4 días compensatorios.

Desde STC consideramos que es una situación discriminatoria el hecho de que compañeros con contrato a tiempo no tengan derecho a estos días compensatorios y sí lo tengan compañeros por ejemplo con reducción de jornada por guardia legal haciendo el mismo número de horas efectivas. PARA STC LOS DERECHOS DE TODOS SOMOS IGUALES

La dirección se ha comprometido que en un plazo de 10 días nos dará respuesta a nuestra solicitud.

  1. Art.18: Complementos por puesto de trabajo.

Sobre las cuestiones derivadas de la interpretación y aplicación del abono de los pluses de nocturnidad y festivos en relación con los trabajos programados e intervenciones, la empresa nos ha entregado un informe de la interpretación del artículo 18 donde se explica que el modelo en Vodafone-Ono y en Vodafone España es y siempre ha sido el de no acumular ambos pluses a los precios de intervención y Trabajo Programado existentes. Además en las plataformas conjuntas de la representación social no se ha solicitado porque no había existido dicho derecho.

 

  1. Reglamento European Employee Consultative Council.

 

La empresa nos hace entrega del reglamento del European Employee Consultative Council donde se solicita un miembro por cada representación social.

Desde STC tenemos derecho a un miembro a este comité que se celebrará el próximo mes de Junio. Por parte de la sección sindical irá como titular José Carlos Prieto Romero.

 

 

Esto ha sido todo el contenido de la reunión. En STC continuaremos haciendo seguimiento del I Convenio Colectivo para su correcta aplicación defendiendo y garantizando que el mismo se aplique a todos por igual.

Os animamos a trasladarnos cualquier asunto que os pudiera ser de interés para su tratamiento en próximas reuniones.

 

Como siempre podéis mandar esta información a todos los compañeros que pudieran estar interesados en este tema.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra , pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR