CAPÍTULO II – INGRESO EN EL TRABAJO.

CAPÍTULO II – INGRESO EN EL TRABAJO

Artículo 4.- Período de Prueba.

 Los períodos de prueba en los contratos suscritos por las Empresas de Vodafone en España y las personas trabajadoras serán los siguientes:

  • Contratos indefinidos (titulados y no titulados): el período de prueba será de 6 meses.
  • Contratos temporales:
    1. de duración superior a seis meses: el período de prueba será de 6 meses;
    2. de duración no superior a seis meses: el período de prueba será de 3 meses.

 Durante el período de prueba la persona trabajadora tendrá los mismos derechos y obligaciones que el resto de personas trabajadoras, excepto los legalmente establecidos para la extinción del contrato.

Transcurrido el período de prueba sin que se haya producido el desistimiento por ninguna de las partes, el contrato producirá plenos efectos, considerándose la fecha de inicio del período de prueba como la fecha de antigüedad a todos los efectos.

Artículo 5.- Contrato a Tiempo Parcial.

Las personas trabajadoras a tiempo parcial tendrán los mismos derechos que las personas trabajadoras a tiempo completo. Cuando corresponda en atención a su naturaleza, tales derechos serán reconocidos de manera proporcional, en función del tiempo trabajado.

A fin de posibilitar la movilidad voluntaria en el trabajo a tiempo parcial, la Empresa informará a las personas trabajadoras sobre la existencia de vacantes a tiempo completo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.

Horas complementarias de carácter voluntario:

  • Número: no podrá exceder del 55% de las horas ordinarias objeto del contrato.
  • Distribución: el total de las horas complementarias anuales se distribuirá en función de las necesidades organizativas.
  • Procedimiento: la persona trabajadora deberá conocer el día y la hora de realización de las horas complementarias con un preaviso de 7 días. Excepcionalmente, por necesidades del negocio, este preaviso podrá reducirse a 48 horas informando a los representantes de las personas trabajadoras.

 

 

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