Capítulo III – Clasificación profesional
Art 6.- Régimen de Clasificación Profesional
La tipología de puestos de trabajo en Vodafone España se organiza de acuerdo con las directrices que emanan de Vodafone Group y, concretamente, de la estructura de Broad Banding vigente para todos los países en los que opera Vodafone.
No obstante, de acuerdo con la legislación española, se establecen los siguientes grupos profesionales
HEAD OF (Director):
- Establece y proporciona la estrategia y los objetivos de negocio dentro de su área alineado con la visión estratégica proporcionada por el Comité de Dirección de la Compañía, asegurando que los planes son consistentes con las políticas de Compañía actuales.
- Aprueba y garantiza la implementación, evaluación y seguimiento de los objetivos y estrategia a corto y largo plazo en su área de gestión para la consecución de los resultados.
- Lidera y dirige funciones multidisciplinares, planificando y organizando los recursos de equipo/s de Specialist, Team Leader, Project Manager y Manager asegurando su desarrollo y desempeño.
MANAGER (Manager):
- Implementa la estrategia y desarrolla planes de acción para alcanzar el cumplimiento de los objetivos y políticas dentro de su ámbito de actuación establecidas por el Head of o la Dirección de la Compañía a través de la supervisión, seguimiento y evaluación de los resultados a corto y medio plazo.
- Dirige equipo/s pudiendo gestionar directamente a Team Leader, Project Manager y/o Specialist, asegurando su desarrollo y desempeño. Lidera su equipo para la consecución de objetivos relevantes a corto / medio plazo para el área.
TEAM LEADER (Persona que lidera el equipo):
- Implementa los planes de acción asegurando el cumplimiento de la estrategia, estableciendo las prioridades de su equipo directo para alcanzar el cumplimiento de los objetivos y políticas dentro de su ámbito de actuación establecidas por el Manager o Head of, a través de la coordinación de las actividades de trabajo de su equipo.
- Dirige equipo/s pudiendo gestionar directamente a Project Manager y/o Specialist, asegurando su desarrollo y desempeño. Coordina y supervisa las actividades de soporte técnico, soporte al negocio o de producción/operaciones.
PROJECT MANAGER-F (Persona que gestiona proyectos):
- Profesional que impacta directamente en el negocio, a través de la amplitud y/o profundidad de sus conocimientos/experiencia en áreas críticas de actividad.
- Profesional que da apoyo a la organización en la gestión de proyectos y procesos multidisciplinares, planificando, gestionándolos dentro de las escalas de tiempo y presupuestos acordados y garantizando la calidad de los mismos.
- Determina los planes y estándares de los procesos en el ámbito de actuación.
SPECIALIST (Especialista):
- Profesional que requiere un conocimiento técnico y/o la experiencia en su función.
- Las funciones que realiza son conforme a los estándares, principios estratégicos y objetivos determinados y supervisados por su mando (Head Of, Manager o Team Leader).
En el ANEXO I se relacionan los puestos de trabajo incluidos en el ámbito personal del artículo 1 existentes en el momento de la firma del presente convenio.
La asignación de funciones de Director, Head Of, Manager, Team Leader, o Project Manager-F a un Specialist, o viceversa, sólo podrá articularse respetando los requisitos y límites definidos en el artículo 39 del Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 7.- Promociones y Cobertura de Vacantes
Las partes firmantes del presente convenio desean que la movilidad interna sea la fuente básica de reclutamiento e instrumento que facilite y promueva el desarrollo personal y profesional de las personas trabajadoras de la Compañía.
Por ello, acuerdan que la totalidad de las vacantes que se produzcan en la Empresa, salvo las relativas a los roles de Director, Head Of, Manager y Project Manager, ya sean promociones como movimientos horizontales, se realizarán generalmente mediante convocatoria interna publicada a toda la Compañía, facilitando así la oportunidad de participar en la misma a todas las personas trabajadoras, y siguiendo al efecto el Procedimiento de Movilidad Interna vigente en la Compañía en cada momento.