Estimados compañeros
El pasado 29 de marzo STC y el resto de la representación sindical nos hemos reunido con la dirección para una nueva reunión de la comisión de Interpretación y Vigilancia del I Convenio Colectivo de Grupo Vodafone.
Como asistentes titulares en dicha comisión han asistido: Javier Arjona, Antonio Martín, Pedro Le More y Vanessa Barranco.
Los puntos del día a tratar han sido:
La empresa nos ha presentado los siguientes datos sobre smartworking:
En el I Convenio Colectivo del Grupo Vodafone España puedes solicitar un día de trabajo remoto a la semana, con un máximo de tres días por cada mes natural (no pudiendo solicitarse ni lunes, viernes ni días posteriores o anteriores a festivos). La solicitud debe realizarse con 6 días de antelación.
Desde STC hemos propuesto a la empresa que:
Se pueda solicitar un día de trabajo remoto a la semana. Pudiendo solicitarse cualquier día, sin la restricción de lunes, viernes ni días posteriores o anteriores a festivos.
La empresa nos manifiesta que sólo llevamos 5 meses de smartworking y podrá ser revisado más adelante. Desde STC seguiremos insistiendo en la mejora del smartworking en la línea planteada anteriormente.
Desde STC hemos el único sindicato en realizar oficialmente una petición a la compañía entregándole un escrito solicitando esa la correcta aplicación independientemente del tipo de contrato. Una petición por la que reclamos que se aplique a los trabajadores con contratos parciales (Tiendas Propias con 24 horas a la semana) las mismas condiciones que a los trabajadores a tiempo completo en la aplicación de los 4 días compensatorios.
Desde STC consideramos que es una situación discriminatoria el hecho de que compañeros con contrato a tiempo no tengan derecho a estos días compensatorios y sí lo tengan compañeros por ejemplo con reducción de jornada por guardia legal haciendo el mismo número de horas efectivas. PARA STC LOS DERECHOS DE TODOS SOMOS IGUALES
La dirección se ha comprometido que en un plazo de 10 días nos dará respuesta a nuestra solicitud.
Sobre las cuestiones derivadas de la interpretación y aplicación del abono de los pluses de nocturnidad y festivos en relación con los trabajos programados e intervenciones, la empresa nos ha entregado un informe de la interpretación del artículo 18 donde se explica que el modelo en Vodafone-Ono y en Vodafone España es y siempre ha sido el de no acumular ambos pluses a los precios de intervención y Trabajo Programado existentes. Además en las plataformas conjuntas de la representación social no se ha solicitado porque no había existido dicho derecho.
La empresa nos hace entrega del reglamento del European Employee Consultative Council donde se solicita un miembro por cada representación social.
Desde STC tenemos derecho a un miembro a este comité que se celebrará el próximo mes de Junio. Por parte de la sección sindical irá como titular José Carlos Prieto Romero.
Esto ha sido todo el contenido de la reunión. En STC continuaremos haciendo seguimiento del I Convenio Colectivo para su correcta aplicación defendiendo y garantizando que el mismo se aplique a todos por igual.
Os animamos a trasladarnos cualquier asunto que os pudiera ser de interés para su tratamiento en próximas reuniones.
Como siempre podéis mandar esta información a todos los compañeros que pudieran estar interesados en este tema.