A solicitud de STC nos reunimos ayer en la Comisión de Aplicación y Seguimiento del Convenio para revisar la aplicación del Protocolo del DIJ, tal y como establece su Art.21.
En esta reunión el Sindicato STC ha seguido defendiendo, como hemos venido haciendo siempre, que la prioridad es la salud de los trabajadores y que se respeten todos los derechos que se les reconoce en este protocolo, y que por lo tanto que desde las áreas donde se aplica no se realicen interpretaciones de este protocolo que desvirtúen estas prioridades.
En este mismo sentido STC ha realizado las siguientes manifestaciones y solicitudes a la Direccion:
Las horas de descanso que se generan por la realización de DIJ nocturnos deben ser elegidas siempre a elección del Trabajador, y estas pueden acumularse, pudiéndose utilizar dese una hora hasta en 2 días de vacaciones consecutivos.
En este sentido STC solicita que se introduzca una adenda aclaratoria en el protocolo para establecer con claridad que una vez realizado el 50% de la jornada del DIJ y acabado el Trabajo programado que la origino, el trabajador puede realizar el resto de su jornada de forma remota en su domicilio, y esto debe aplicarse sin ambigüedades ni atajos, ya que no puede pretenderse utilizar el DIJ para la realización de otros trabajos cotidianos de mantenimiento o para realizar intervenciones no programadas.
La Dirección se ha comprometido a atender todas y cada una de estas consideraciones y solicitudes, así como seguir mejorando la herramienta ACV.
En este sentido, la Dirección nos enviara todos los datos solicitados en la próxima semana y nos volverá a convocar en los próximos días con la intención de avanzar en acuerdos y soluciones en todo lo que hemos planteado.