REVISION de la APLICACIÓN del PROTOCOLO de la DISTRIBUCION IRREGULAR DE LA JORNADA

A solicitud de STC nos reunimos ayer en la Comisión de Aplicación y Seguimiento del Convenio para revisar la aplicación del Protocolo del DIJ, tal y como establece su Art.21.

 En esta reunión el Sindicato STC ha seguido defendiendo, como hemos venido haciendo siempre, que la prioridad es la salud de los trabajadores y que se respeten todos los derechos que se les reconoce en este protocolo, y que por lo tanto que desde las áreas donde se aplica no se realicen interpretaciones de este protocolo que desvirtúen estas prioridades.

 En este mismo sentido STC ha realizado las siguientes manifestaciones y solicitudes a la Direccion:

 Las horas de descanso que se generan por la realización de DIJ nocturnos deben ser elegidas siempre a elección del Trabajador, y estas pueden acumularse, pudiéndose utilizar dese una hora hasta en 2 días de vacaciones consecutivos.

  1. Solicitamos que se flexibilice la elección de horas de descanso de tal forma que pueda utilizarse antes, durante o después de la realización del DIJ nocturno, para que el trabajador pueda adecuar dicho descanso a sus turnos y este descanso sea lo mas efectivo posible para el trabajador.
  2. Solicitamos una solución de compensación para aquellos trabajadores que tienen acumuladas horas de descanso y tienen ya realizadas el 100% de la DIJ permitida.
  3. La herramienta ACV se debe parametrizar con todos los datos tanto la acumulación de las horas de descanso, su uso, las horas pendientes de utilización, asi como registrar las posibles incidencias de cancelación. Debe posibilitarse en esta herramienta que el trabajador elija los descansos que le corresponde.
  4. Los DIJ deben utilizarse para la realización de Trabajos Programados, y no para implantar unos turnos nocturnos o un turno irregular para la realización de otras tareas.

En este sentido STC solicita que se introduzca una adenda aclaratoria en el protocolo para establecer con claridad que una vez realizado el 50% de la jornada del DIJ y acabado el Trabajo programado que la origino, el trabajador puede realizar el resto de su jornada de forma remota en su domicilio, y esto debe aplicarse sin ambigüedades ni atajos, ya que no puede pretenderse utilizar el DIJ para la realización de otros trabajos cotidianos de mantenimiento o para realizar intervenciones no programadas.

  1. Hemos solicitado la estadística y datos de realización de DIJ, así como de las horas nocturnas y la generación de sus correspondientes horas de descanso, tanto las ya utilizadas como las que aún quedan pendientes de utilización.
  2. La herramienta ACV debe parametrizar todas las variables establecidas en el protocolo DIJ y todos esos datos deben estar accesibles para los trabajadores. Esta herramienta debe ser la primera garantía de la correcta utilización del DIJ y por lo tanto debe establecer todos y los mismos limites que se establece en el protocolo.

 La Dirección se ha comprometido a atender todas y cada una de estas consideraciones y solicitudes, así como seguir mejorando la herramienta ACV.

 En este sentido, la Dirección nos enviara todos los datos solicitados en la próxima semana y nos volverá a convocar en los próximos días con la intención de avanzar en acuerdos y soluciones en todo lo que hemos planteado.

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