22 de Septiembre. Sexta reunión del ERE
En la reunión de hoy, en las Mesas de Negociación del ERE de Vodafone y ONO, la Dirección disminuye 138 puestos de trabajo en la afectación del ERE y propone un corto periodo de adscripción voluntaria.
En Tecnología se disminuye 98 puestos de trabajo el impacto sobre el empleo en el conjunto de las dos empresas.
Se mantiene dentro de la compañía el Despliegue regional de red fija, manteniendo una parte de sus funciones, por lo que si quedaría parcialmente afectada por este ERE, según nos ha informado la Dirección. El área de Operaciones de Red fija y TV queda igualmente en la estructura de la empresa.
También se mantiene en España el NOC (COR de Ono), que también estaba totalmente afectada por el ERE, ya que sus funciones se trasladaban al NOC de Portugal. En este caso el NOC se quedaría con las funciones de monitorización y aviso, repartiéndose el resto de funciones del NOC entre otras áreas de Fibra y operaciones de Red fija y Tv, aunque también quedaría afectada parcialmente por este ERE según la propuesta realizada por la Dirección.
En el área comercial se disminuye 40 puestos de trabajo el impacto sobre el empleo, que se repartiria en las áreas de Tiendas Propias, canales exclusivos CAD y comerciales de empresa.
La Dirección también nos propone un periodo de adscripción voluntaria al ERE del 1 a 7 de octubre, limitado a las áreas donde afecta al ERE y con aprobación previa de la Dirección en cada caso.
Por último la Dirección propone aumentar en 3 meses ( en total 9 meses) el servicio de Outplacement (empresa de apoyo para la búsqueda de puesto de trabajo o recolocaciones en otras empresas) para los trabajadores afectados por el ERE, ampliable a su conjugue ( o pareja de hecho 6 meses) si también se encuentra en situación de desempleo.
STC valora la reducción en el número de afectados por el ERE que ha propuesto la Dirección, si bien es claramente insuficiente, ya que seguimos reivindicando que no se produzca ningún despido forzoso. A su vez, también se evita que la Dirección externalice el servicio del NOC a Portugal, lo que para STC es inasumible.
La Dirección ha revisado, a solicitud de STC, los criterios de afectación en las Áreas de Despliegue y expansión de red fija y Móvil, en COR – NOC, Tiendas propias, CAD y FVD empresas, disminuyendo el número de afectados en dichas áreas, si bien desde STC hemos solicitado que se revise TODAS las áreas de trabajo afectadas por el ERE, con el objetivo de evitar cualquier despido forzoso.
En este sentido STC apuesta por la creación de una mesa de empleo, como venimos reiterando, a través de la cual se pueda ir aplicando soluciones no traumáticas, tales como recolocaciones o internalizaciones, en la medida en se conozcan la situación real de la compañía en los próximos meses, evitando tomar medidas que afecten al empleo en base a simples previsiones.
En cuanto a la voluntariedad, la propuesta de la Dirección es insuficiente tanto por el Intervalo de adscripción como por las limitaciones establecidas. Para STC, en este proceso de ERE solo puede producirse adscripciones voluntarias y prejubilaciones, sin exclusiones.
Por otro lado, STC ha expresado que espera que la dirección realice propuestas en sintonía con nuestras solicitudes y que valoraremos cualquier propuesta que mejore las condiciones de los trabajadores, tantos para los que puedan estar afectados por el ERE como para los que permanezcan en la empresa.
Después de un receso, la Dirección no ha expresado ningún avance sobre su propuesta anterior, a excepción de que revisará su propuesta de prejubilaciones. A su vez, realiza una propuesta de armonización de las condiciones laborales entre las dos empresas que se aplicarían a fecha de 1 abril 2016 en los siguientes aspectos:
– En Vodafone España:
– En Ono:
Se propone la creación de un plan de pensiones de empleo efectivo a partir del 1 de Abril 2016 donde todos los empleados de Vodafone ONO S.A.U podrán solicitar su inscripción voluntaria como participes en el mismo. Las condiciones básicas de este plan de pensiones en la modalidad de empleo serían las siguientes:
Aportaciones de la empresa: La compañía aportará EL DOBLE de la cantidad que aporte el empleado, siempre que esta cantidad no supere el 1% del salario fijo bruto del empleado. Por lo tanto, si el empleado aporta el 1% de su salario regulador, la compañía aportará el 2% y el total de la aportación al Plan será de un 3% total.
Los empleados de Vodafone ONO S.AU , excluidos Gerentes y Directores, recibirán tickets por un importe máximo anual de 1.124,64 euros.
Los Tickets estarán numerados, y serán expedidos en formato papel de forma nominativa.
La Empresa sufragará el 100 % del coste de la póliza de salud de los empleados empleado, así como el 100% del coste de los actos médicos de los empleados (uso de la Tarjeta del Seguro de Salud).
La Empresa sufragará el 50 % del coste de la póliza de salud para los familiares en primer grado de los empleados (cónyuge e hijos) así como el 100% del coste de los actos médicos de los mismos (uso de la Tarjeta del Seguro de Salud).
Ayuda para empleados con hijos menores de 4 años: Aquellos empleados que tengan hijos, desde la fecha de nacimiento y hasta que el hijo cumpla 4 años (es decir, un máximo de 48 mensualidades), y que asistan o no a guarderías, podrán beneficiarse de la ayuda mensual de 71,59 euros brutos por cada hijo. El empleado podrá optar, alternativamente, por un sistema de Cheque Guardería por igual importe que el anterior.
Ayuda a hijos discapacitados: En el caso de hijos de empleados que tengan reconocida alguna discapacidad o minusvalía se establece una ayuda mensual de 143,18 euros brutos por cada hijo hasta que éste cumpla la edad de 26 años.
Ayuda a familia numerosa: Aquellos empleados que reúnan la consideración de familia numerosa y hasta la edad establecida a efectos de deducción en el IRPF, percibirán una ayuda mensual de 29,78 euros brutos por cada hijo. El pago de esta cantidad se iniciará al mes siguiente de aquel en el que se acredite la condición de Familia Numerosa.
El seguro de vida: Indemniza en caso de fallecimiento o invalidez absoluta permanente con una cuantía equivalente al 300% del salario fijo anual del empleado.
El seguro de accidentes: Indemniza en caso de invalidez o fallecimiento con una cuantía equivalente al 300% del salario fijo anual del empleado. En el caso de fallecimiento la indemnización del seguro de accidentes se acumularía a la indemnización ya cubierta por el seguro de Vida.
La cobertura de los dos seguros es 24h en cualquier parte del mundo.
La jornada anual efectiva será de 1.760 horas y se armonizará la jornada ordinaria acomodándose en ambas Compañías a la existente en Vodafone España.
La jornada intensiva se desarrollará entre el 16 de julio al 31 de agosto de cada año, ambos incluidos.
A elección del empleado, se concederá como permiso retribuido el 24 ó el 31 de diciembre, sin que quepa su sustitución por otros días cuando éstos coincidan en sábados o festivos.
Abono de retribuciones variable – Bonus anual
No serán de aplicación el régimen de objetivos del artículo 69 del convenio colectivo de Ono, ni la fórmula de cálculo de la retribución variable ni las limitaciones previstas en el artículo 72 del citado convenio en relación con el pago de la retribución variable del año fiscal 2015 (de 1 de abril de 2015 a 31 de marzo de 2016). El resto de previsiones recogidas en el artículo 72 del convenio colectivo de ONO respecto del resto de cuestiones allí reguladas se mantendrían en los mismos términos
STC ha manifestado su total rechazo a esta propuesta. No admitiremos ningún empeoramiento en el conjunto de las condiciones laborales de los trabajadores de Vodafone y ONO.
La Dirección ha decidido dar por terminada esta reunión y nos vuelve a convocar para el próximo jueves.