Desde el mes de febrero, en la nómina se está aplicando con carácter retroactivo las medidas adoptadas por el Real Decreto Ley 16/2013 para favorecer la contratación y mejorar la empleabilidad de los trabajadores. Los conceptos que pasarán a formar parte de la base de cotización de la Seguridad Social son:
Esto supone una disminución del salario neto percibido, ya que la base de cotización aumenta al incluir estos conceptos. Si tu salario es igual o mayor de 43.164 €/año (3.597 €/mes), no afectarán a tu salario neto.
EJEMPLO DE NÓMINA DESPUÉS DE LA APLICACIÓN DEL RD 16/2013
1. La base de cotización Régimen General de la S.S. es de 2496,54 € (Los conceptos aquí incluidos es el total íntegro 2207,21 + prorratas extraordinarias 289,32).
2. La base de cotización al desempleo y formación profesional 2496,54 €. (Que incluyen los mismos conceptos que en el Régimen General de la S.S.).
3. La base de cotización del IRPF es de 1970,52 € (se suman todos los conceptos que no están exentos de IRPF que son el bono, tráfico telefónico, tú eres ONO, salario mínimo garantizado y salario personal).
4. Al aplicar el tipo de 6,35 % a las base de 2496,54 nos da 158,53 que en la columna de deducciones correspondería a la suma de seguridad social de las retroactividades (11,62) y a la seguridad social de valores actuales (146,93).
5. Al aplicar el IRPF de 12,83 % a la base de 1970,52 nos da 252,81 que en la columna de deducciones en valores actuales correspondería a la suma de la retención en cuenta especie NR (5,74), a retención a cuenta especie (1,28) y retención a cuenta IRPF (245,80).
6. El concepto RETENC. A CTA. ESPECIE NR (5,74), es debido al TRÁFICO TELEFÓNICO, que es salario en especie, aunque en este caso el IRPF es, no repercutido (NR), es decir, lo asume la compañía. Podéis comprobar que en la suma de todas las deducciones, no está incluido dicho concepto.
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